Pensión de jubilación 2026: edad, años cotizados y cómo se calcula
Por Juan Manuel Sanchez · Actualizado el 8 de octubre de 2026
La pensión de jubilación se calcula multiplicando tu base reguladora por un porcentaje que depende de los años cotizados, con la edad de jubilación y los límites de cada año.
Edad de jubilación en 2026
La edad ordinaria es de 66 años y 10 meses, o 65 años si has cotizado al menos 38 años y 3 meses. En 2027 pasa a 67 años (65 con 38 años y 6 meses cotizados).
Requisitos
Al menos 15 años cotizados, de los que 2 deben estar dentro de los últimos 15 años.
Cómo se calcula
- Base reguladora: la Seguridad Social elige la más favorable entre las bases de los últimos 25 años divididas entre 350, o en 2026 las 302 mejores bases de los últimos 304 meses divididas entre 352,33.
- Porcentaje: 50 % con 15 años; cada mes adicional suma un 0,21 % (meses 1 a 49) y un 0,19 % (meses 50 a 258). El 100 % se alcanza con 36 años y 6 meses.
- Límites: la pensión no puede superar la máxima (3.359,60 € al mes en 2026) y, si tus ingresos son bajos, se completa hasta la mínima (888,70 € sin cónyuge a cargo; 1.256,60 € con cónyuge a cargo, a partir de 65 años).
Ejemplo: con una base reguladora de 2.000 € y 30 años cotizados, el porcentaje es del 85,18 % y la pensión, 1.703,60 € al mes en 14 pagas.
Adelantar o retrasar la jubilación
- Anticipada voluntaria: hasta 2 años antes con 35 cotizados. La pensión se reduce entre un 13 % y un 21 % si adelantas 24 meses, según tu carrera.
- Anticipada involuntaria (por despido o cierre): hasta 4 años antes con 33 cotizados.
- Demorada: por cada año que trabajes después de la edad ordinaria, un 4 % más de pensión, un pago único o una combinación.
Complemento por brecha de género
36,90 € al mes por hijo, hasta 4 hijos, para el progenitor (normalmente la madre) cuya carrera se vio más afectada.
Calcula tu caso
Fuentes. Arts. 205 a 210 y DT 9ª LGSS; RDL 2/2023; RDL 3/2026 (revalorización); Seguridad Social. Revisado el 8 de octubre de 2026.
Contenido informativo. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni financiero.